
Varias dudas han quedado en evidencia en los primeros días de vigencia de la Ley de protección del empleo, la cual permite a las empresas – debido al impacto del coronavirus – suspender los contratos laborales, ya sea por acto de autoridad (como cuarentena) o por acuerdo con el trabajador; o pactar reducción de la jornada laboral, permitiendo así que los trabajadores puedan acceder a las prestaciones del Seguro de Cesantía. Desde el 6 de abril, varios empleadores y trabajadores han comenzado a cuestionarse los alcances de la norma.
¿ Post acuerdo de suspensión o de reducción pueden despedirme ? ¿Que pasa con los trabajadores que no acceden a pactar suspensión de la relación con sus empleadores ? Son algunas de las preguntas que un grupo de abogados aclaró, sincerando que hay materias en las que aún existe confusión. El tema no es menor considerando que las firmas que han adherido a la norma suman 56 mil. Fuente diario DF.